Políticas

Frecuencia de publicación

Multimed abren números bimestrales y se publican artículos de forma continua.

 

Política de acceso abierto

 

Revista Multimed proporciona un Acceso Abierto inmediato a su contenido, basado en el principio de que ofrecer al público un acceso gratuito y libre a las investigaciones ayuda a un mayor intercambio global de conocimiento. Es posible acceder a su contenido de manera libre y universal, sin costo alguno para el lector, a través de Internet o cualquier otro medio.

Más información en: http://www.budapestopenaccessinitiative.org/translations/spanish-translation

De acuerdo a esta política de acceso abierto, Revista Multimed es publicada bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional (CC BY-NC-SA) que permite compartir (copiar y redistribuir el material en cualquier medio o formato) y adaptar (remezclar, transformar y crear a partir del material), bajo las siguientes condiciones: se reconozca la autoría, no se haga uso comercial de los materiales y las nuevas creaciones estén bajo una licencia con los mismos términos.

 

Frecuencia de publicación

Multimed  publica al año un volumen dividido en seis números, de acuerdo con una periodicidad bimestral, pero los artículos se pondrán en disposición de forma continua, abriendo números y subiendo artículos de forma progresiva.

Declaración ética y mala praxis en la publicación

El equipo editorial de la revista MULTIMED está comprometida a garantizar la ética y calidad de los artículos publicados, a partir del código de conducta y buenas prácticas que el Comité Internacional de Ética en la Publicación Cientifica (COPE) define para editores de revistas científicas.

Siendo así es los autores, árbitros y responsables de la Revista Multimed deben cumplir los deberes y derechos que a continuación se detallan:

I. De los autores

Deberes

1. Entregar sus manuscritos para publicar previamente adaptados a las instrucciones al autor y debidamente avalados por el Consejo Científico de su unidad y/o municipios, además, de la versión electrónica y la carta de conformidad de autores y coautores.

2. Promover artículos científicos que ilustren el quehacer de los investigadores de la salud y que respondan a las líneas investigativas tanto del territorio como del país.

3. Presentar sus artículos basados en observaciones o revisiones honestas y asumir la responsabilidad pública por su contenido.

4. No ofrecer información confidencial o secreta, mantener la compartimentación de sus resultados a los niveles establecidos.

5. Esperar pacientemente los resultados del arbitraje durante el tiempo previsto para ello.

6. Reintegrar los artículos modificados por sugerencias del árbitro en un término no mayor de 15 días, a partir del momento en que se entregue para tal fin.

7. Aceptar la imparcialidad y probidad de los expertos designados para la evaluación de los artículos.

8. Dirigirse por escrito al Director de la Revista en caso de desacuerdo parcial o total con los criterios formulados en la evaluación del trabajo.

Derechos

1. Ser atendido con cortesía y profesionalidad.

2. Recibir las orientaciones pertinentes por especialistas del CPICM con respecto al proceso de gestión y producción de los artículos científicos (para poder publicar sus artículos en la revista) tanto verbales como en formato digital así como en otras revistas provinciales y nacionales.

3. Obtener personalmente por el Director del CPICM y nunca a través de intermediarios, sus manuscritos devueltos por los árbitros al editor principal de la revista para modificar o no publicar por razones de contenido en los horarios y fechas establecidos en el reglamento de funcionamiento interno del CPICM.

4. Reclamar por escrito al Director de Multimed cuando sus derechos de autor(a) sean violados con revelación de detalles de su documento científico por parte de árbitros, o responsables de la publicación y exigir la respuesta correspondiente.

5. Obtener excepcionalmente (debido a necesidades urgentes de interés científico o docente, previamente evaluadas por el editor-redactor la constancia de publicación en trámites, debidamente firmada y acuñada, cuando su trabajo haya sido seleccionado para el número a editar.

II. De los árbitros

2.1. Deberes

1. Revisar el contenido de los artículos en la mayor brevedad posible, que no deberá exceder de 15 días hábiles.

2. Consultar las referencias y materiales bibliográficos disponibles en versión digital o de otro tipo actualizados para evaluar los artículos científicos asignados.

3. Renunciar al arbitraje de cualquier documento científico si algún conflicto de intereses con su autor(a) principal (relaciones personales, rivalidad académica, pasión intelectual u otro) pudiere prejuiciar sus opiniones sobre el contenido.

4. No utilizar la información contenida en los trabajos arbitrados para favorecer sus propias demandas antes de ser publicados.

5. Respetar los derechos de autor(a), lo cual incluye no discutir ni comentar públicamente el contenido de los artículos inéditos o el resultado de su arbitraje.

6. No parcializarse ni aprobar superficialmente un manuscrito sometido a evaluación, en detrimento de la calidad de la revista, por congraciarse con su autor o aceptar favores personales u otro tipo de compensación.

7. Exponer claramente en qué consisten las modificaciones sugeridas, si las hubiere, o los criterios sostenidos para rechazar el trabajo.

8. No extraer copia de los artículos examinados ni compartir con ajenos el conocimiento expuesto en ellos. Para poder consultar a otro colega en busca de consenso deberá comunicarlo previamente al Director de la RMG.

9. Firmar los comentarios emitidos.

2.2. Derechos

1. Recibir los borradores digitales sin tachaduras ni arreglos , debidamente avalados por el Consejo Científico de la unidad correspondiente y acompañados del modelo oficial para la evaluación del contenido.

2. Rechazar los trabajos que no hayan sido enviados formalmente por el Director de la RM.

3. Mantenerse informado acerca de cualquier variación o novedad en las instrucciones a los autores.

4. Rehusarse a emitir juicios de complacencia por solicitud de los responsables de la revista.

5. Revisar nuevamente el artículo arbitrado sujeto a modificaciones, a fin de corroborar si fueron tomadas en cuenta por el autor o la autora principal.

6. Poseer los materiales de consulta pertinentes para poder valorar con justeza la integralidad del artículo y recibir prioridad del departamento de gestión de información del CPICM.

7. Participar en cursos, reuniones de trabajo o actividades científicas relacionadas con su función de árbitros.

 III. De los responsables de la revista

 3.1. Deberes

1. Enviar a los árbitros los borradores digitales, sin tachaduras ni arreglos, debidamente avalados por el Consejo Científico de la unidad correspondiente y acompañados del modelo oficial para la evaluación del contenido.

2. Revisar formalmente el artículo recibido antes de entregarlo al árbitro y devolverlo al autor si no cumple los requisitos establecidos.

3. Seleccionar a los árbitros más experimentados y rigurosos en cada especialidad.

4. Garantizar el arbitraje por pares abierta, de los trabajos que cumplan con los requisitos establecidos.

5. No desacreditar públicamente a los evaluadores ni comentar con ajenos los resultados de su labor.

6. No utilizar en su propio beneficio las informaciones contenidas en los documentos recibidos antes de ser publicados.

7. No revelar información acerca de los trabajos (incluidos recepción, contenido, estado durante el proceso de evaluación, opiniones críticas de los árbitros o destino final) a otras personas que no sean los propios autores o árbitros.

8. Consultar a autor(a) todas las dudas, imprecisiones o modificaciones sustanciales del contenido por parte de los editores de producción.

9. Entregar personalmente a autor(a) los resultados del arbitraje que implican cambios del contenido o rechazo del documento.

10. Facilitar toda información que se requiera relacionada con la evaluación de los artículos científicos.

11. Atender a autores y árbitros con cortesía, imparcialidad y pericia profesional.

12. Tramitar la publicación de los trabajos aprobados por los árbitros y el comité de publicaciones tanto en Multimed como en otras revistas nacionales o internacionales.

13. Editar una revista confiable y atractiva que constantemente introduzca mejoras en todos los aspectos que se relaciona con su gestión y producción basadas en un sistema de garantía de la calidad eficiente, con el merecido respeto a lectores, autores y árbitros.

14. Emitir excepcionalmente (debido a necesidades urgentes de interés científico o docente, previamente evaluadas por el editor-redactor la constancia de publicación en trámites, debidamente firmada y acuñada por el Director del CPICM- Infomed Granma, cuando un trabajo haya sido seleccionado para el número a editar.

15. Estimular a los mejores árbitros y miembros de la Comisión de Publicaciones.

16. Reconocer a los autores(as) de las mejores publicaciones.

17. Capacitar y entrenar a todos los miembros de la comisión de publicaciones, árbitros, Presidentes de Comisiones de Publicación y Presidentes de Consejos Científicos, así como clientes internos y externos en el proceso de producción y gestión de las publicaciones científicas

18. Dejar evidencia física medible y evaluable del resultado del proceso de producción científica para que pueda ser verificable a través de los controles internos y externos que se realicen en los plazos establecidos tanto por el CPICM como por el organismo rector de esta actividad al nivel superior que corresponda.

Derechos

1.Se aceptan trabajos inéditos y otros documentos que han sido depositados previamente en servidores
preprints reconocidos de la especialidad (SciELO Preprints, PMC, MedRxiv).

2. Devolver a los autores los artículos con tachaduras o arreglos, así como los que no se ajusten a las instrucciones al autor.

3. Seleccionar a dos árbitros por especialidad y prescindir de la ayuda de expertos demasiado morosos sin causa justificada. Informar al nivel que corresponda los incumplimientos de los mismos.

4. Escoger los trabajos para conformar cada número de acuerdo con la variedad u originalidad del tema y no obligatoriamente por orden de llegada, teniendo en cuenta los criterios de los miembros de la Comisión de Publicaciones.

5. Priorizar la publicación de determinados artículos por prerrogativas del director de la RM.

6. No editar, siempre que el “colchón editorial” lo permita, dos temas de una misma especialidad o autor en un número específico de la publicación.

7. Rechazar trabajos que considere inadecuados, proponer modificaciones del texto, eliminar tablas y figuras, mejorar el estilo y suprimir las incorrecciones lingüísticas, respetando siempre el contenido y contando con la aceptación previa del autor cuando se considere necesario.

8. No asumir responsabilidades derivadas de las afirmaciones sostenidas en los artículos.

9. Retirar del número en preparación de la revista y ubicarlo en otro posterior, aquel artículo seleccionado cuyo autor no complete determinado dato solicitado por el editor de producción en un plazo no mayor de 72 horas.

10. Recibir colaboración extranjera o de otras provincias, así como de profesionales y técnicos en misiones internacionalistas.

11. Propiciar la superación, capacitación y entrenamiento de todo el personal que labora o cooperaron el CPICM en la producción de artículos científicos.

12. Asumir y dar respuestas oportunas y esclarecedoras a los clientes externos e internos.

Se debe tener presente que un autor es un individuo que ha realizado aportes sustanciales a la idea o diseño del estudio, la recogida de datos o el análisis e interpretación de ellos; ha participado en la redacción o en la revisión crítica de su contenido intelectual y ha aprobado la versión final del manuscrito para su publicación. Los autores deben cumplir estas tres condiciones.  

Los individuos que no cumplen los criterios para considerarse autores pero que prestaron ayuda para el desarrollo de la investigación o la elaboración de su informe final, deben mencionarse como colaboradores en la sección de agradecimientos.

El editor de la revista está en el derecho de solicitar a los autores que aclaren la responsabilidad de cada uno de ellos en la elaboración del manuscrito en caso necesario o cuando exceda del número señalado.

Conflicto de intereses

La confianza pública en el proceso de evaluación por pares y la credibilidad de los artículos publicados depende en parte de cómo se tratan los conflictos de intereses antes y durante el proceso editorial. Existe un conflicto de intereses cuando un autor (o la institución a la que pertenece), revisor o editor presentan relaciones personales o financieras que pueden interferir o influir sobre sus juicios en relación con la preparación, evaluación o publicación de un manuscrito. Las más comunes son de causa financiera pero pueden observarse otras más sutiles como la rivalidad académica o la pasión intelectual. Si existe un conflicto de intereses en cualquiera de los actores: autores, árbitros o editores, debe informarse por escrito de inmediato al director de la revista.

Privacidad y confidencialidad de los pacientes

Los pacientes tienen derecho a la privacidad y ésta no debe infringirse sin su consentimiento informado por escrito o el de su tutor en caso de que este sea incapaz de autorizarlo. Se protegerá en todo momento la identificación del paciente. El paciente o su tutor están en el derecho de verificar en la versión final del manuscrito que no pueden ser identificados con los datos que este proporciona.  

Protección de seres humanos y animales en ensayos clínicos

Cuando se realizan informes de experimentos con seres humanos o animales, los autores deben indicar si sus procedimientos cumplen con los requisitos éticos para la experimentación en humanos y las normativas establecidas para la experimentación con animales de laboratorio. El editor de la revista está en el derecho de solicitar a los autores la presentación de los consentimientos informados firmados por los pacientes en caso de que lo considere necesario.

Procedimiento de actuación ante conductas anómalas

Las quejas y reclamaciones que los diferentes interesados puedan plantear por actuaciones que fueran consideradas incorrectas y contrarias a los principios que inspiran esta Declaración de Ética y mala praxis, serán presentadas al Comité Editorial de MG, o en su caso al editor de la publicación, en el momento en que tengan lugar. El interesado debe  aportar cuanta información tenga a su disposición para poder facilitar la investigación y análisis de la actuación referida. Una vez recogida y analizada la información que resulte necesaria, el Comité Editorial de MG valorará las medidas a tomar, decidiendo en cada caso la forma adecuada en que se apercibirá a los autores de la mala práctica y las repercusiones de esta conducta en la relación futura con los mismo.

Cobros y Publicidad

En la revista Multimed el arbitraje, edición y distribución de las contribuciones son totalmente gratuitos para los autores.

No existe uso comercial o lucrativo de ningún tipo ni se acepta o aloja publicidad de ningún producto, persona o servicio que se mencione.

MULTIMED NO APLICA CARGOS POR PROCESAMIENTO NI PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS